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Agenda de actividades

Abierto el plazo de alquiler social victimas de violencia de género

También pueden ser perceptoras las víctimas con algún tipo de discapacidad.

12/07/2019 - 13/12/2019 | Galicia

Bases reguladoras

Las subvenciones de este programa se regirán por las bases reguladoras establecidas en la Orden de 11 de abril de 2019 publicada en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) núm. 78, de 24 de abril.

 

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de este programa las víctimas de violencia de género, segundo el previsto en el artículo 2 de las bases reguladoras, siempre que cumplan los requisitos previstos en el artículo 3 de las citadas bases.

 

Cómputo de ingresos para acceder al programa

1. Para acceder la este programa de ayudas es preciso que los ingresos de la unidad de convivencia de la persona solicitante sean iguales o inferiores a los límites previstos en el ordinal sexto.

2. Los ingresos de la unidad de convivencia de la persona solicitante se determinarán calculando el rateo mensual de los ingresos netos correspondientes la cada una de las personas miembros de la dicha unidad de convivencia durante los tres meses anteriores al de la presentación de la solicitud, incluido, de ser el caso el rateo correspondiente a las pagas extraordinarias.

 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y terminará el día 13 de diciembre de 2019 y, en todo caso, con el agotamiento de la partida presupuestaria contenida en esta convocatoria.

 

Más información: Resolución DOG

 

 

Lugar de celebración:

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