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Agenda de actividades

AYUDAS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO

Plazo hasta el 27 de septiembre de 2018.

10/09/2018 - 29/10/2018

Normativa:

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2018-2019. (BOE nº 196 de 14/8/2018)

 

Objeto:

Convocar, para el año 2018-2019 las siguientes ayudas individualizadas para alumnos con necesidades educativas especiales:

a. Ayudas directas para el alumnado que requiera por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

b. Subsidios por necesidades educativas especiales asociadas la discapacidad o trastorno grave para familias numerosas.

c. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para el alumnado con necesidad específica de apoyo asociado la altas capacidades intelectuales.

 

Beneficiarios

Alumnado que no supere una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presente necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro común o en centro común que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.

Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.

 

Requisitos:

Alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas la discapacidad o trastorno de conducta grave:

Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta acreditadas por el Equipo de Valoración y Orientación o por un equipo de orientación educativa y psicopedagóxica o por el certificado de discapacidad.

Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2017. Podrá ser menor de 2 años si los equipos de valoración certifican la necesidad de escolarización temprana en razón de la discapacidad.

Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro común o en centro común que escolarice alumnos con necesidades educativas especiales.

Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: Educación Infantil o Primaria, ESO, Bachillerato, Ciclos formativos de grado medio y superior, enseñanzas artísticas profesionales, programas destinados a la obtención de una calificación inicial, programas de formación para la transición hacia vida adulta.

Además, para obtener el subsidio, ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría.

Alumnado con necesidades educativas especiales asociadas la altas capacidades intelectuales:

Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociadas el alta capacidad intelectual acreditadas por el por un equipo de orientación educativa y psicopedagóxica o el departamento de orientación.

Tener cumplidos seis años de edad a 31 de diciembre de 2017.

Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: Educación Primaria, ESO, Bachillerato, Ciclos formativos de grado medio y superior, enseñanzas artísticas profesionales.

 

Cuantías máximas de las ayudas

1. Ayudas de Educación Especial:

Enseñanza: hasta 862€.

Transporte escolar: hasta 617€.

Comedor escolar: hasta 574€.

Residencia escolar: hasta 1.795€

Transporte de traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442€.

Transporte urbano: hasta 308€.

Libros y material didáctico: ESO, Programas de Garantía Social y de Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105€.

Resto de niveles de enseñanza post-obligatoria: hasta 204€.

Reeducación pedagógica o del lenguaje (compatibles con las anteriores): hasta 913€.

2. Subsidios de educación especial para familias numerosas con hijos con discapacidad o incapacitados para el trabajo: podrán concederse únicamente para los conceptos de transporte y comedor por las mismas cuantías señaladas en el apartado anterior.

3. Ayuda única a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas la altas capacidades intelectuales: hasta 913 € para la asistencia a programas específicos.

 

Documentación

Por vía telemática a través de la web Trámites y servicios. De no disponer de sistema de firma electrónica se imprimirá el documento una vez cubierto y se presentará con el resto de la documentación.

Copia de los datos de identificación de la cuenta bancaria donde se desea percibir la beca ( CCC).

Para las ayudas de reeducación pedagógica o del lenguaje deberán acompañar:

Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagóxica.

Certificación del Inspector de la zona de que el centro a lo que asiste el alumno no cuenta con profesor de apoyo para Educación especial o logopeda.

Certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro o reeducador que lo preste.

Para las ayudas a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas la altas capacidades intelectuales deberán acompañar:

Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagóxica.

Certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro o institución que lo preste.

 

Lugar de presentación de las solicitudes

En el centro docente donde el solicitante vaya a estar matriculado en el curso 2018-2019. Podrán presentarse directamente en las Direcciones Provincias del Ministerio de Educación y Ciencia cuando:

a. El solicitante no había obtenido reserva de plaza en un Centro de su provincia acomodado a sus necesidades educativas.

b. Se solicite la ayuda para un centro de provincia distinta a la de su domicilio.

c. Se trate de solicitudes de ayudas para la realización de programas específicos para alumnos con altas capacidades intelectuales.

 

Plazo de presentación

Hasta el 27 de septiembre de 2018 inclusive.

 

Más información:

www.mec.es/becas

Lugar de celebración:

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